Constituirse formalmente como asociación civil, con exclusividad
para funcionar como BIBLIOTECA POPULAR y con Personería Jurídica
como tal, cumpliendo estrictamente con el Art. 2º de la Ley Nº
23.351 de Bibliotecas Populares, el que expresa: "Las Bibliotecas Populares
se constituirán en instituciones activas con amplitud y pluralismo
ideológico y tendrán como misión canalizar los esfuerzos
de la comunidad tendientes a garantizar el ejercicio del derecho a la información,
fomentar la lectura y demás técnicas aptas para la investigación,
la consulta y la recreación y promover la creación y difusión
de la cultura y la educación permanente del pueblo".
- Acceso a servicios
Solicitud de turnos:
• Servicios- turnos web: bibgimenez@yahoo.com.ar
• Atención telefónica: 4301-4004 / 4301-2586
• Celular: 01156-990704
• Recuerde:
-Solo se podrá acceder a los servicios solicitando con un turno previo.
-Asistir puntualmente de acuerdo al horario del turno.
-Registrarse en el ingreso de la Sociedad Luz.
-Usar tapabocas en todo momento.